Real Decreto de Enseñanzas Mínimas de Educación Primaria
Ya se ha publicado el Real Decreto 157/2022 por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de Educación Primaria, NO el currículo de Primaria, no debemos confundirnos, con el nuevo modelo curricular hay un reparto diferente de competencias entre el gobierno y las Comunidades Autónomas.
El gobierno solo publica los aspectos básicos que constituyen las enseñanzas mínimas, que todas las administraciones educativas deben tener en cuenta (es norma básica), y a partir de ellas cada comunidad autónoma deberá publicar el currículo oficial de la etapa para su ámbito de competencia.
Aquí tienes el Real Decreto organizado en tablas que facilitan su consulta. A continuación analizamos algunos aspectos fundamentales.
Contents
Nueva estructura curricular
Este real decreto define una serie de conceptos a los que nos debemos ir acostumbrando, ya hablamos anteriormente de estos conceptos que son básicos para comprender los nuevos currículos, pero veamos cómo han quedado en su redacción definitiva.
Estas definiciones son válidas para todas la etapas:
Currículo
En este Real Decreto el currículo se define como: «Conjunto de objetivos, competencias, contenidos enunciados en forma de saberes básicos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de la Educación Primaria».
Como ves han desaparecido de la definición que daba la LOMCE los estándares y resultados de aprendizaje evaluables y los contenidos se denominan “saberes básicos”.
En la anterior definición en lugar de métodos pedagógicos se hablaba de la metodología didáctica pero no es un cambio significativo.
Objetivos
«Los objetivos son los logros que se espera que el alumnado haya alcanzado al finalizar la etapa y cuya consecución está vinculada a la adquisición de las competencias clave«.
Como verás se insiste en todo momento en el desarrollo de competencias.
De hecho uno de los motivos del cambio curricular es avanzar en la enseñanza competencial, que aunque forma parte de nuestra normativa desde la publicación de la LOE (recuerda, desde 2006), en la práctica está lejos de haberse conseguido.
Competencias clave y Perfil de salida
Las competencias clave se definen como los «desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los principales retos y desafíos globales y locales. Las competencias clave aparecen recogidas en el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica«.
Como las competencias van sufriendo cambios y actualizaciones en este Real Decreto nos enumeran las 8 competencias tal y como se denominan ahora:
- Competencia en comunicación lingüística.
- Competencia plurilingüe.
- Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería.
- Competencia digital.
- Competencia personal, social y de aprender a aprender.
- Competencia ciudadana.
- Competencia emprendedora.
- Competencia en conciencia y expresión culturales.
El perfil de salida es una de las novedades de la LOMLOE y tiene un papel significativo en el nuevo modelo curricular aunque no aparece nombrado como un elemento en sí mismo.
«El perfil de salida constituye la concreción de los principios y fines del sistema educativo referidos a la educación básica que fundamenta el resto de decisiones curriculares. El Perfil de salida identifica y define, en conexión con los retos del siglo XXI, las competencias clave que el alumnado debe haber desarrollado al finalizar la educación básica, e introduce orientaciones sobre el nivel de desempeño esperado al término de la Educación Primaria».
Y es tan importante porque concreta el nivel de desarrollo de las competencias para cada etapa por lo que todos los currículos y decisiones relacionadas (desde la concreción curricular hasta la elaboración de las programaciones didácticas) deberán orientarse a conseguir dicho perfil de salida.
Competencias específicas
Las competencias específicas se definen como «desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o en situaciones cuyo abordaje requiere de los saberes básicos de cada área o ámbito. Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, el Perfil de salida del alumnado, y, por otra, los saberes básicos de las áreas o ámbitos y los criterios de evaluación».
Este es el nuevo elemento introducido por la LOMLOE, trata de facilitar la relación entre las áreas y las competencias clave, algo que no estaba explícito en el currículo anterior.
Nos indica la relación de cada una de las áreas con las competencias clave, algo que creo que es más fácil de “visualizar” para el profesorado que el modelo anterior.
Creo que todo docente debe conocer muy bien cuáles son las competencias específicas de su área o materia y tenerlas presentes a la hora de diseñar al programación y su trabajo en el aula para asegurar su consecución.
Aparecen en el anexo II enunciadas para cada área y toda la etapa.
Criterios de evaluación
Son los «referentes que indican los niveles de desempeño esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada área en un momento determinado de su proceso de aprendizaje».
Son los referentes de la evaluación. Ya sé que lo acabas de leer pero creo que hace falta insistir. Lo que tenemos que evaluar no son los contenidos (ahora saberes) sino el grado de desarrollo de las competencias y para eso tenemos que utilizar los criterios de evaluación.
Si no hacemos este cambio seguiremos evaluando por contenidos y enseñando contenidos (ya se sabe, solo importa lo que entra para el examen).
Un detalle que me parece significativo es que los criterios se establecen en relación con las competencias específicas. Es decir, cada área tiene una serie de competencias específicas y para cada competencia específica hay un número variable de criterios que nos permiten comprobar si se está desarrollando de forma adecuada.
Esta organización nos debe permitir tener un mayor control sobre lo que queremos conseguir con el trabajo de nuestra área o materia y si lo estamos consiguiendo.
Saberes básicos
Los saberes básicos sustituyen al elemento que tradicionalmente hemos denominado “contenidos”.
El cambio de denominación trata de centrar la atención en aquellos contenidos/saberes que se consideren básicos, en el sentido de esenciales para diferenciarlos de todos los que sean deseables pero que puedan ser adquiridos en otro momento del itinerario formativo o en otro contexto.
Por tanto los saberes básicos quedan definidos como: “conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de un área o ámbito cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas”.
Aparecen en el anexo II por ciclos organizados en bloques.
Una vez garantizados los saberes básicos para todos los alumnos podemos llevar el aprendizaje tan lejos como sea posible.
No se eliminan contenidos, se centra la atención en que hay algunos que son indispensables y como tales deben garantizarse, y todos los demás que dependiendo de los alumnos, del contexto, de las circunstancias de cada momento, de la experiencia del equipo docente… podrán o no incluirse en el proceso educativo.
Teniendo siempre como criterio de selección el desarrollo de las competencias que establece la normativa. Algo que por otro lado es lo suficientemente amplio para satisfacer todo tipo de preferencias.
Situaciones de aprendizaje
Estas no son en sí mismas un elemento curricular, se trata de una propuesta metodológica que se describe en el anexo III.
Las situaciones de aprendizaje son situaciones y actividades que implican el despliegue por parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias específicas y que contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas.
Las deberán diseñar y poner en práctica los profesores, en este RD se dan simplemente una serie de recomendaciones o indicaciones de cómo desarrollarlas.
El ministerio ha anunciado que ofrecerá modelos y propuestas que podrán servir de modelo al profesorado, por supuesto las editoriales también están elaborando sus materiales en base a situaciones de aprendizaje.
Las veremos con más detalle en otro post.
Enseñanzas Mínimas, novedades en Educación Primaria
Aunque estoy segura de que ya las conoces, vamos a echarles un vistazo:
- Volvemos a la estructura en ciclos.
- Aunque sigue la organización de los saberes en áreas podrán organizarse en ámbitos.
- En cuanto a las áreas mantenemos las mismas, las ciencias podrán desdoblarse o impartirse agrupadas en Conocimiento del Medio, la Educación Artística se puede desdoblar en Educación Plástica y Visual, y Música y Danza. Y aparece en el tercer ciclo Educación en Valores Cívicos y Éticos, que a diferencia de Educación en Valores será para todos los alumnos no solo para los que eligen Religión. Se impartirá en 5º o en 6º según decidan las autoridades educativas.
- De nuevo habrá que diseñar la atención educativa para los alumnos que no elijan religión. Estas actividades deberán dirigirse a reforzar los aspectos más transversales del currículo (pero lógicamente sin tratar elementos curriculares, ya que los alumnos en religión no pueden resultar excluidos).
- Se sustituye la calificación numérica por los términos: insuficiente, suficiente, bien, notable y sobresaliente.
- La repetición, además de ser una medida extraordinaria, solo podrá plantearse al finalizar los ciclos (es decir, se promociona automáticamente en 1º, 3º y 5º). Y la decisión deberá ser colegiada por el equipo docente, aunque el tutor tendrá un papel significativo ya que su información y su criterio deberán ser tenidos en especial consideración.
- Evaluación de diagnóstico en 4º de primaria, de tipo censal (para todos los alumnos). La desarrollarán las administraciones educativas y no se aplicará hasta 2023-24, cuando ya se haya implementado el currículo en todos los niveles, según el calendario de aplicación de la LOMLOE.
Los dos primeros (ciclos y ámbitos) son dos cambios que aunque parezcan pequeños son importantes, la organización de los ciclos permite una estructura curricular más flexible que cada centro podrá concretar para cada curso en función de los criterios que considere adecuados en función de su contexto.
La posibilidad de organización en ámbitos es la que nos va a permitir trabajar por situaciones de aprendizaje interdisciplinares, de forma más competencial y significativa para los alumnos, con metodologías activas y un enfoque inclusivo, que es el principal cambio que se quiere dar a la educación en este momento.
Esta propuesta nos abre un abanico enorme de posibilidades, es una gran oportunidad que debemos aprovechar, aunque obviamente supone un esfuerzo y que en ese cambio los equipos directivos tendrán una gran responsabilidad, pero ¿cuándo no?
Qué nos queda por saber
Mucho, como decía al principio ahora esperamos el currículo oficial de nuestra comunidad, en él comprobaremos cómo se resuelven al final aspectos muy importantes:
- Si se ha reducido o no considerablemente el volumen de contenidos. La intención del cambio curricular es superar el enfoque enciclopédico del currículo actual y avanzar hacia un currículo de saberes básicos (ya sabes, esenciales) y saberes deseables (cuanto más mejor). Pero ya veremos si las administraciones educativas siguen este enfoque o sucumben a la tentación de considerar que todo lo que hay en el currículo actual es importante y al final no son capaces de reducirlo de forma significativa.
- Qué margen de autonomía se deja a los centros para concretar y completar el currículo en la medida de sus necesidades.
- Cómo será esa evaluación colegiada, especialmente en los casos en los que se valore la promoción. También falta por determinar cómo será el informe final de etapa.
- Hasta donde llega o se permite la flexibilidad necesaria para el trabajo por situaciones de aprendizaje, ámbitos interdisciplinares u otras formas de organización que quieran poner en marcha los centros (en el RD se hace referencia a “modelos abiertos de programación”). Cambiar la forma de trabajo tiene implicaciones en los horarios, atribución docente, necesidades de formación del profesorado, decisiones sobre la evaluación (se trabaja por ámbito y se califica por materias, ¿cómo se traslada esa nota?)…
En definitiva se trata de ver si se confía en los docentes y se les deja margen para que puedan diseñar los procesos de enseñanza aprendizaje conforme a las necesidades de sus alumnos.
Creo que aumentar la autonomía a los centros es fundamental para conseguir una enseñanza de calidad, vinculada, por supuesto, a un proceso de supervisión eficiente que sirva para acompañar a los centros en este proceso.
Para terminar
Termino volviendo a lo que en el Real Decreto aparece casi al principio: los fines. Deberíamos tener siempre presente que el fin de la educación es facilitar, con todos los recursos necesarios, el aprendizaje de todos los alumnos.
Parece obvio pero no siempre está en el centro del debate educativo.
A veces nos dejamos llevar por la práctica de utilizar la educación para seleccionar, filtrar, calificar y clasificar a los alumnos.
La evaluación no es el fin, debe ser entendida como una actividad formativa más que además debe servir para que detectemos dificultades y, por qué no, errores en el diseño del proceso, e introduzcamos los cambios necesarios para que el alumno aprenda, para que al final de la etapa alcance el perfil de salida que la normativa ha establecido.
El aprendizaje es nuestro objetivo. No lo olvides.
A partir de este real decreto de enseñanzas mínimas de Educación Primaria se nos abren muchos interrogantes: cuándo tendremos los currículos oficiales que hay que aplicar en septiembre, cómo se programa por situaciones de aprendizaje, cómo utilizar los perfiles de salida, cómo enseñar por ámbitos y calificar por asignaturas, cómo se aplican los principios del DUA, qué parte del horario habrá que dedicar a los proyectos, qué pasa si no nos ponemos de acuerdo en la evaluación colegiada, cómo será el informe de final de etapa, etc. etc.
Iremos analizando estas cuestiones en los siguientes posts junto con otros aspectos como la atención a la diversidad en la nueva norma.
Muchas gracias por la explicación de los aspectos más relevantes de este nuevo Real Decreto. Me ha parecido muy útil.
A efectos de las oposiciones de este año, ¿Deberíamos mencionarlo en los temas o, como en la práctica se continúa con el Real Decreto 126/2016, no es necesario?
¡Un saludo!
Hola Elvira, no está en aplicación pero si quieres puedes mencionar que ya está publicado y que entrará en aplicación a partir del curso que viene demostrarás tener una formación muy actualizada 🙂
Vale Ester, gracias por tu respuesta.😊
(Me he dado cuenta de que me equivoqué al escribirlo, el Real Decreto 126/2014 sería lo correcto y no 2016😅)
¡No sufras! a veces ya nos bailan los números y las siglas a todos 😉
Hola Ester.
Gracias por tu trabajo y aclararnos siempre las dudas. Siempre tan bien explicado todo…GRACIAS.
Yo tengo una duda respecto a estas oposiciones 2022. En relación a la evaluación, no sé muy bien qué Real Decreto debería nombrar. Los artículos 11 y 12 del RD 126/2014 hablan de la evaluación, pero estos están derogados por el RD 984/2021 del 16 de noviembre. Mi sorpresa ha sido cuando he visto que los artículos que hablan de la evaluación en el RD 984/2021 (art. 8 y 9 ) también están derogados (supongo que por la entrada en vigor del RD 157/2022). Pero este RD 157/2022 se empieza a aplicar a partir de septiembre 2022, verdad? Entonces podría seguir citando al RD 984/2021 para hacer mención a la evaluación en Educación Primaria?
Supongo que en época de transición legislativa todo se complica un poco más a la hora de estudiar las leyes… : (
Muchas gracias de nuevo, de verdad.
Rita
Hola Rita, sí, cuando hay cambio de leyes y procesos de transición resulta mucho más complejo aclararse con la normativa.
En cuanto a la evaluación para este curso está en aplicación el RD 984/2021, aunque el RD de Enseñanzas Mínimas haya derogado parte este real decreto se aplicará a partir de septiembre en los cursos impares, entonces será cuando para esos cursos deje de aplicarse el RD 984/2021. Sé que es confuso y que las disposiciones del nuevo RD de Enseñanzas Mínimas han creado mucha confusión pero este año es así.
De todos modos supongo que todas las comunidades publicarán normativa de adaptación de la evaluación para este curso (en la comunidad valenciana ya se ha hecho, por ejemplo), eso no solo nos aclara la situación sino que también nos da una referencia normativa que citar sin lugar a error 😉
Muchas gracias Ester. Me queda claro ya. Saludos 😉
Hola Ester !!