Atención a la diversidad en la Comunidad Valenciana
Con frecuencia me preguntan cómo adecuar el tema 4 del temario de oposiciones a la normativa específica de inclusión de la Comunidad Valenciana, vamos a ver en este post algunos de los aspectos esenciales que tienes que tener en cuenta: los niveles y las medidas de respuesta educativa.
En cuanto a la normativa que regula la inclusión principalmente debes conocer:
- Decreto 104/2018. Establece el marco normativo de toda la inclusión.
- Orden 20/2019, regula la organización de la respuesta educativa para la inclusión.
Se trata de organizar la respuesta educativa que debe darse en los centros docentes para garantizar el acceso, la participación, la permanencia y el progreso de todo el alumnado para conseguir una educación verdaderamente inclusiva.
Para ello es necesario prestar atención a cómo se organiza el centro a todos los niveles, desde el más amplio (toda la comunidad educativa), hasta la atención que se da a cada alumno concreto. Y a continuación diseñar las medidas que sean necesarias en cada nivel para garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad para todo el alumnado.
Por tanto incluye medidas organizativas, curriculares y didácticas como nos pide el epígrafe del tema 4 del temario de Educación Primaria.
Ya hemos hablado en anteriores ocasiones de la normativa de inclusión en la comunidad y de los principales conceptos que debes conocer sobre inclusión, pero hoy vamos a centrarnos en las medidas para ayudarte a adaptar el tema de atención a la diversidad.
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Niveles de respuesta educativa
En el Decreto 104/2018, artículo 14, se establecen los niveles de respuesta educativa para la inclusión en función del ámbito que abarcan, desde el más amplio: todo el centro y su comunidad educativa; hasta el más concreto: para un alumno determinado.
Estos niveles tienen carácter progresivo y sumatorio, es decir, primero se diseñan las medidas de carácter más general, tratando de ofrecer una respuesta educativa que dé respuesta al número más alto de necesidades, si no son suficientes se van concretando las medidas necesarias a nivel de aula, de grupo o de alumnos concretos.
- Nivel I: se dirige a toda la comunidad educativa y a las relaciones del centro con el entorno sociocomunitario.
- Nivel II: está dirigido a todo el alumnado del grupo clase.
- Nivel III: apoyos ordinarios adicionales para un alumno o grupo de alumnos.
- Nivel IV: apoyos específicos adicionales para alumnos con NEAE que requiere una respuesta individualizada y especializada de carácter extraordinario.
Nivel I: Centro
Como hemos dicho es para todo el centro. Son las medidas que se tienen que tomar en aspectos como la planificación, la gestión del centro y la organización de los apoyos. Se aplican a toda la comunidad educativa y pueden participar agentes externos.
Son responsabilidad de los órganos de gobierno, coordinación y participación del centro.
Se concretan en el PEC y anualmente en el Plan de Actuación para la Mejora (PAM).
Nivel II: Grupo-clase
Medidas para un grupo-clase que implican apoyos ordinarios.
Son medidas de este nivel: programaciones didácticas que dan respuesta a la diversidad del grupo, actividades de ampliación y refuerzo, medidas para la prevención de dificultades, actuaciones que fomenten la igualdad, la convivencia, etc.
Son responsabilidad del equipo educativo coordinado por el tutor.
Estará recogidas en las unidades didácticas y planes como el de acción tutorial, igualdad y convivencia, anualmente se concretarán en el PAM.
Nivel III: Alumnado que requiere respuesta diferenciada (individualmente o en grupo) con apoyos adicionales
Se mantiene el currículo ordinario.
Medidas para un alumno o grupo de alumnos que implican apoyos ordinarios adicionales.
- Actividades de enriquecimiento o refuerzo.
- Adaptaciones de acceso al currículo que no implican materiales singulares, personal especializado o medidas organizativas extraordinarias.
- Actuaciones de acompañamiento y apoyo personalizado.
- Medidas de apoyo en contextos externos al centro para el alumnado en situación de enfermedad, desprotección, medidas judiciales u otras situaciones.
- Medidas en ESO: incluye la organización del currículo en ámbitos de aprendizaje y programas específicos de atención a la diversidad.
- Medidas de enseñanzas postobligatorias, régimen especial y formación de personas adultas (ver capítulo V).
Al igual que las anteriores son responsabilidad del equipo docente coordinador por el tutor, con la colaboración que pueda ser necesaria (orientadores, profesorado especializado o agentes externos).
Se recogen en el Plan de Atención a la Diversidad (PADIE), PAT, PIC y se concretan anualmente en el PAM.
Nivel IV: Alumnos con NEAE
En este nivel están aquellas medidas que requieren una respuesta personalizada, individualizada y extraordinaria dadas las necesidades del alumno e implicarán apoyos especializados (PT, AL, educador…).
Las medidas de este nivel pueden ser:
- ACIS.
- Adaptaciones de acceso que requieren materiales singulares, personal especializado o medidas organizativas extraordinarias.
- Programas específicos que requieren adaptaciones significativas del currículo.
- Programas singulares para el aprendizaje de habilidades sociales y de autorregulación del comportamiento y las emociones.
- Flexibilización de la escolarización.
- Prórrogas de permanencia extraordinaria para el alumnado con NEE.
- Determinación de la modalidad de escolarización.
- Atención transitoria al alumnado que, por condiciones de salud mental, requiere apoyos en contextos educativos externos.
Como son de carácter extraordinario requieren valoración e informe psicopedagógico.
Las deben diseñar también los equipos docentes como los dos niveles anteriores aunque en este caso será habitual la participación del orientador y el profesorado especializado así como otro personal externo cuando se determine su participación en el informe psicopedagógico.
Estas medidas se concretan en el plan de actuación personalizado (PAP) del alumno.
Tipos de medidas de respuesta educativa para la inclusión
Una vez que tenemos claro los diferentes niveles de concreción en los que se puede organizar la respuesta vamos a analizar con más detalle los tipos de medidas de respuesta educativa en nuestro ordenamiento.
Para ello recurrimos la Orden 20/2019 que es la que regula la organización de la respuesta educativa para la inclusión y es donde encontramos estas medidas.
Las medidas de respuesta educativa son todas las actuaciones para garantizar una educación inclusiva. Hacen referencia a diferentes dimensiones:
- Acceso
- Aprendizaje
- Participación
Los niveles y las medidas se relacionan tal como se explica en esta presentación, échale un vistazo antes de continuar viendo con detalle todas las medidas:
Medidas para el acceso
Estas son las destinadas a asegurar la presencia de todos los alumnos en todas las experiencias que se desarrollen en el centro mediante una adecuada planificación y utilización de los medios necesarios que garanticen la accesibilidad.
Se pueden aplicar en todos los niveles de respuesta (desde el nivel I, por ejemplo eliminando barreras arquitectónicas; hasta el nivel IV, utilizando un sistema aumentativo de comunicación con una alumna determinada).
Pueden consistir en la utilización de apoyos materiales, espaciales, personales de comunicación, metodológicos y organizativos.
- Nivel I, II y III:
- Accesibilidad personalizada con medios comunes. Medidas que hacen los centros más accesibles (física, sensorial, comunicativa y cognitivamente) para que puedan ser utilizados por todos los miembros de la comunidad educativa.
- Nivel IV:
- Accesibilidad personalizada con medios específicos o singulares. Cuando las medidas anteriores no son suficientes hay que facilitar los medios singulares que pueden ser sistemas alternativos o aumentativos de comunicación (SAAC), personal especializado, materiales singulares, productos de apoyo o medidas organizativas diferenciadas. Estas son medidas de nivel IV por lo que requieren informe sociopsicopedagógico y la elaboración de un PAP.
- Reducción de ratio (alumnos con NEE y grado 3 de intensidad de los apoyos).
- Adaptaciones a pruebas de acceso, certificación y acreditación en etapas postobligatorias y enseñanzas de régimen especial.
- Becas y ayudas al estudio.
Es importante no olvidar que estas medidas también deberán ser tenidas en cuenta en actividades complementarias y extraescolares ya que estas deben diseñarse de forma que ningún alumno sea excluido de estas por motivos económicos, por razón de discapacidad, limitaciones funcionales o por cualquier otra circunstancia.
Medidas para el aprendizaje
Diseñar un currículo para la inclusión supone estimular la motivación e implicación del alumnado, aplicar un enfoque DUA, trabajar la igualdad y el respeto a la diversidad, utilizar metodologías activas, aplicar una evaluación inclusiva, utilizar materiales y recursos didácticos variados y adecuados para todos los alumnos y realizar aquellas adaptaciones de la programación didáctica que sean necesarias tanto significativas como no significativas para que todo el alumnado pueda seguir el proceso educativo.
Estas medidas incluyen:
- Nivel II: Adecuación personalizada de las programaciones didácticas al grupo-clase.
- Nivel III:
- Adecuación personalizada de las programaciones didácticas al alumnado del grupo que requiere una respuesta diferenciada. Esta adecuación pueden consistir entre otras en:
- Diferentes niveles de amplitud, enseñanza multinivel.
- Medotodologías activas: cooperativo, ABP, trabajo por ámbitos…
- DUA.
- Diferentes tipos de evaluación.
- Refuerzo pedagógico: adecuación de la metodología y de las estrategias organizativas con apoyos ordinarios para:
- alumnado que tiene dificultades de aprendizaje en determinadas áreas o materias,
- alumnado que ha promocionado con áreas o materias no superadas del curso anterior,
- alumnado que permanece un año más en el mismo curso.
- Enriquecimiento curricular, para el alumnado de altas capacidades: ampliación de los objetivos y contenidos, flexibilidad de los instrumentos y criterios de evaluación, uso de metodología específica.
- Actuaciones y programas de enseñanza intensiva de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana para el alumnado recién llegado.
- Medidas grupales para el aprendiaje vinculadas a programas específicos: PMAR, PR4 (sustituidos ambos por los programas de diversificación curricular de 3º y 4º con la LOMLOE), PAC, FPB y FPB de segunda oportunidad.
- Adecuación personalizada de las programaciones didácticas al alumnado del grupo que requiere una respuesta diferenciada. Esta adecuación pueden consistir entre otras en:
- Nivel IV:
- Adaptación curricular significativa (ACIS) dirigida al alumnado con NEE que presenta un desarrollo competencial inferior o dos o más cursos.
- Programas personalizados para la adquisición y el uso funcional de la comunicación, el lenguaje y el habla para el alumnado que presenta NEAE que requiere atención educativa intensiva y especializada en este ámbito.
- Exención de calificación en Bachillerato para alumnos con NEE derivadas de discapacidad.
- Itinerarios formativos personalizados en la FP y en la FPA.
Medidas de flexibilización en el inicio o la duración de las etapas.
En este grupo tenemos las siguientes medidas:
- Nivel III:
- Permanencia de un año más en el mismo curso, medida de nivel III, de carácter excepcional que puede tomarse solo una vez en la etapa de Primaria (en los cursos pares de acuerdo con el RD 984/2021).
- Flexibilización de la escolarización en la etapa obligatoria para el alumnado de escolarización tardía si tiene un desarrollo competencial inferior a dos o más cursos.
- Nivel IV:
- Flexibilización en el inicio de infantil para alumnos con NEE o retraso madurativo (entrarían en infantil de 3 años el año que cumplen 4).
- Prórroga de la permanencia en Infantil un año más en 5 años.
- Prórroga en la enseñanza obligatoria para los alumnos con NEE, un máximo de 2 veces (la LOMLOE ha limitado esta prórroga a una única vez).
- Flexibilización en la duración del bachillerato y de los ciclos formativos en determinadas circunstancias.
- Flexibilización para alumnado con altas capacidades que podrá incorporarse a un curso superior al que le corresponda por edad.
Medidas para la participación
Son medidas personalizadas que están dirigidas al alumnado que requiere una respuesta sistemática, personalizada y singular en el ámbito del desarrollo emocional, interpersonal, social, conductual y de la salud.
Al igual que en el resto de medidas vemos que pueden aplicarse en los distintos niveles:
- Nivel I y II cuando sea necesario acompañar o dar apoyo personalizado al alumnado que pueda necesitarlas en un momento determinado por situaciones de inestabilidad emocional, enfermedad, exclusión, discriminación, violencia, acoso o desprotección.
- Por ejemplo: normas de convivencia de centro y de aula, programa de tutorización entre iguales, tutorías personalizadas, actividades de acogida en el aula, trabajo por grupos para facilitar la participación, prácticas restaurativas, círculos de apoyo, etc.
- Nivel III: acciones dirigidas a un alumno o grupo para el desarrollo de actitudes de respeto, habilidades de autoregulación del comportamiento y de comunicación interpesonal; acciones ante supuestos de violencia, acoso o desprotección; programas específicos de habilidades de autoregulación del comportamiento y las emociones. Las notificaciones de posibles situaciones de desprotección también entrarían en este nivel.
- Nivel IV: programas específicos para el alumnado con trastornos graves de conducta, acciones y programas de apoyo especializado ante supuestos de violencia y desprotección, Plan terapéutico para el alumnado con problemas graves de salud mental entre otras que puedan regularse por la administración.
Procesos de transición educativa
La orden regula también los procesos de transición educativa entre niveles, ciclos, etapas y modalidades de escolarización. Son momentos en los cuales es especialmente importante coordinar las actuaciones de los diferentes equipos docentes implicados para asegurar el trasvase de información, la adecuada atención a los alumnos y sus familias, la continuidad de las medidas educativas, la progresión curricular, etc.
Otros aspectos regulados en la normativa
Además de todas estas medidas en la Orden 20/2019 también se establece cuáles son las funciones del personal de apoyo a la inclusión, cuáles son los criterios que deben tenerse en cuenta para determinar la escolarización de estos alumnos, las medidas para la atención a los alumnos con necesidades de compensación de desigualdades y la atención domiciliaria y hospitalaria que también se consideran medidas de atención a la diversidad.
Pero de estos aspectos ya hablaremos en otros post, síguenos si quieres estar informado sobre las medidas de respuesta educativa para la inclusión.
Hola,
mi nombre es Raquel y tengo una duda en cuanto a los niveles de respuesta educativa para la inclusión. Pues, quedan modificadas por la Resolución de 1 de octubre de 2021, ¿verdad?
Gracias
Hola Raquel, no estoy segura de a qué te refieres.
La resolución que citas establece las líneas estratégicas para la orientación (concretamente para el curso pasado, 21-22), y los niveles de respuesta educativa a la inclusión se determinan en un decreto, por lo que una resolución no podría modificarlos.
Es decir, que si te refieres a los niveles de respuesta I, II, III y IV, de momento no han cambiado.
Hola, ¿ cómo podría imprimirme la información? me ayuda mucho
Un saludo Esther.
Hola Raquel, no está preparado para imprimir, lo siento. Antes sí se podía pero me encontraba mis materiales en otras webs y opté por quitar la opción.
Hola Esther, unos contenidos muy interesantes. Te invito a que visites mi blog con información sanitaria de los problemas neuropediátricos. Saludos y enhorabuena por el trabajo. Nos aporta información de interés a los que tenemos contacto indirecto con el ámbito de la educación y carecemos de formación específica.
He linkeado tu post, si te parece bien. Saludos.
Pues claro, me parece estupendo que te parezca de ayuda.
Hola Alberto, me alegra mucho tu comentario.
He visitado tu blog neuropediatriatoolbox.org y me ha parecido muy interesante, y como tú mismo señalas educación y sanidad necesitamos coordinar y compartir información porque tenemos muchos alumnos cuyas condiciones de salud también impactan en los procesos educativos.
Hola Ester.
En primer lugar felicitarte por tu pasión por la educación y por este blog. Es fantástico y creo que debería ser consultado por más de un docente.
Soy mamá de un niño con TEA que acaba de acceder a Secundaria.
Qué mundo el de la secundaria!! Inclusión? participación? medidas? DUA? me paso los días haciendo pedagogía sobre esto… y me dicen que no es función de ellos… así que aquí estoy, desde casa, realizando las medidas de nivel III, adaptaciones no curriculares, sino de presentación de la información (en mi caso powers points) para que mi niño entienda… y con ello estamos entre las mejores notas de la clase… pero desde casa.
Creo que haría falta más formación a los docentes, porque te puedo asegurar que batallar cada día es sumamente agotador.
Hola, me alegro de que mi blog te parezca interesante, muchas gracias por tu comentario.
Entiendo perfectamente lo que me cuentas de tu experiencia con las medidas de inclusión en secundaria, queda mucho camino por hacer. Y aunque en general el profesorado comprende la necesidad de adaptarse y adaptar sus propuestas a las diferentes necesidades de los alumnos no siempre saben cómo hacerlo.
Pero en todos los centros de secundaria hay un departamento de orientación con el que puedes contactar para que ayuden a los profesores de tu hijo a realizar las adaptaciones necesarias, como la presentación visual de los contenidos que comentas, entre otras muchas recomendaciones que pueden mejorar el proceso educativo para los alumnos con TEA. Habla con ellos, te servirán de puente con el profesorado.
Al fin y al cabo el conseguir una escuela y una sociedad más inclusiva es tarea de todos.
Buenas tardes Esther, soy profesora de P T en un IES de la Comunidad Valenciana.Mis alumnos con ACIS de 1º de la ESO les cuesta mucho prestar atención .Había pensado llevarles al aula de Informática( 1 sesión semanal).La orientadora me indica que no lo puedo hacer.deben estar en el aula.
La orden 20 del 30 de abril nos indica que preferentemente han de estar en el aula pero no obligatoriamente.
Espero tu respuesta. Gracias.
Hola Pepa, yo lo interpreto como tú, que se promueva la atención dentro del aula ordinaria no impide el uso de otros recursos si se considera adecuado.
Además de la reflexión que se pueda llevar en el departamento de orientación y de los acuerdos que se puedan tomar al respecto puedes contar con el asesoramiento de la UEO que os corresponda para tener un punto de vista externo que os puede venir bien.
Hola, buenas tardes. Estoy realizando un proyecto educativo y le tengo que realizar una adaptación curricular a una alumna que se encuentra cursando segundo de primaria y tiene ceguera total de nacimiento. En el caso, la alumna no presenta un desarrollo competencial igual o superior a dos cursos y, mi duda era si, estoy en lo correcto en cuanto a que no necesita de la elaboración de un ACIS.
Espero tu respuesta. Muchas gracias.
Hola María, en el caso que me indicas lo que necesita la alumna es una adaptación de acceso al currículum (ACI) por una discapacidad sensorial. Si no tiene un desfase curricular de al menos dos cursos no sería necesario hacerle una adaptación curricular significativa (ACIS).
No obstante convendría consultar la normativa de inclusión de tu comunidad.
Hola soy mama de un niño con TDA Inatento que cursa 3º de la ESO y es repetidor. Según el centro aplica medidas de nivel III con el, pero yo no se cuales son. ¿Deberían haberme informado de cuales son esas medidas? ¿Deben revisarlas trimestralmente e informarme? ¿Al ser repetidor tiene algún programa especifico para el por estar en esta situación y me tendrían que haber informado del mismo?
Gracias por la información, es muy útil
Hola Begoña, los padres tienen todo el derecho a conocer cualesquiera medidas educativas que se apliquen a sus hijos, especialmente cuando requieren la elaboración de un informe psicopedagógico, en cuyo caso deberán firmar una autorización previa.
No todas las medidas de nivel III requieren evaluación previa (sí todas las de nivel IV).
Es probable que las medidas que estén aplicando sean adecuaciones personalizadas de la programación didáctica y comportan la planificación de las unidades didácticas y las actividades curriculares en diferentes niveles de amplitud, la utilización
de diversas metodologías, formas de representación y de expresión, actividades e instrumentos de evaluación. Además, han de estimular la motivación y la implicación del alumnado y promover la interacción, la colaboración y la cooperación entre iguales. O refuerzos pedagógicos.
Por otro lado todos los alumnos repetidores deben tener un programa de recuperación.
Si bien la normativa no establece en estos casos la obligatoriedad de informar a las familias o de requerir su autorización previa todos los padres pueden solicitar en cualquier momento información al tutor sobre estas medidas o una entrevista con el orientador u orientadora del centro al ser un alumno con TDA.
Hola, muy de acuerdo con comentario de » mama de niño con TEA» que acaba de empezar secundaria. Nosotros somos padres de un niño con TEA (asperger) que esta terminado 2 bachillerato. Lamentablemente por parte de algunos profesores el tema de la inclusión educativa les viene muy, muy grande, bueno más bien les importa muy poco. A pesar de estar peleando durante estos dos ultimos cursos para que se le apliquen las medidas adecuadas para que pudiera seguir las asignaturas (dos en concreto) con éxito o ver la manera de ayudar para el logro de este objetivo, no ha sido posible. Nosotros creemos que no se le han aforecido los recursos a los que tiene derecho y que se recoge en la normativa de Conselleria. A final de curso, tras confirmarse el suspenso en dichas asignaturas procedimos a realizar una queja ante la dirección del instituo y ante Inspección educativa, La respuesta ha sido que desde el instituo han hecho todo correctamente y que no procede ninguna revisión. En definitva que como siempre, los unos se tapan a los otros, ya que por lo menos podrian reconocer que algo ha fallado y alguna cosa hay que mejorar, ya que nuestro hijo ha superado con éxito el resto de las asignaturas ( hay profesores que si que se implican, evidentemente),
Dificilmente se conseguira una educación inclusiva si no se cambia la mentalidad de muchos profesores sobre la inclusión educativa.
Lo que yo también he visto a lo largo de estos seis años en el instituto es la falta de información que se nos da a las familias sobre este tema, sobre nuestros derechos, sobre como los podemos reclamar. Ya podemos tener una buena legislación sobre la inclusión si después casi nos tenemos que buscar un abogado para exiugir su cumplimiento.
Bueno, son tantas cosas, que se haria muy largo contar nuestra experiencia, no siempre negativa, siempre hay cosas positivas, pero como ha dicho la «mama del niño con TEA» gracias al esfuerzo que estamos realizando desde casa. Un saludo y ánimo a todos.
Hola, siento mucho que vuestra experiencia haya sido tan negativa.
Si bien es cierto que la inclusión es reto enorme para el sistema educativo y que muchos profesores no tienen los recursos necesarios para dar una respuesta educativa ajustada a las necesidades individuales de los alumnos, también lo es que cada vez hay más conocimientos sobre el tema y profesionales cualificados en los centros educativos que tienen la función de orientar a las familias, alumnos y profesores para tratar de ofrecer los recursos educativos que necesitan los alumnos.
Mi consejo para todos los padres es buscar la información que necesiten primero con los tutores y profesores que trabajen con el alumno pero también en el equipo directivo y, sobre todo, en el departamento de orientación, para entre todos identificar el mejor itinerario formativo para el alumno.